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Gastos compradores y vendedores

COMPRADOR

En la mayoría de los casos, los gastos de la compraventa de una vivienda le corresponde abonarlos al comprador. Ante el notario se certificará la validez de la operación. Además, el notario explicará todos los conceptos y las condiciones particulares de la transacción, mientras que el registrador de la propiedad lo que hace es cambiar la titularidad del bien e inscribir la finca a nombre del nuevo propietario. Podría decirse que el nuevo propietario debe afrontar este pago, ya que ambos trámites surgen para dar seguridad y legalidad a la compraventa, evitando fraudes, mala fe y desconocimiento de la gestión. El notario lo elige la parte compradora y tramita las escrituras públicas, dando valor jurídico y protección legal a la compra. Un requisito imprescindible para poder presentar e inscribir la propiedad en el registro. En el caso de viviendas de obra nueva el principal impuesto que recae sobre el bien es el de Valor Añadido (IVA). En el caso de las viviendas el tipo impositivo es del 10% (se reduce a un 4% en el caso de viviendas protegidas) Si por el contrario lo que queremos es comprar una vivienda de segunda mano, en lugar del IVA lo que hay que pagar es el impuesto de Transmisiones Patrimoniales, otro de los gastos en la compraventa de vivienda que no hay que olvidar. La cuantía varía en función del precio de escritura, de la CCAA en la que se ubica la casa y de las particularidades del comprador. En el caso de que se precise financiación externa para la compra de la vivienda, hay que saber los gastos adicionales que supone la constitución de una hipoteca. Normalmente lo primero que necesita la entidad a la que se solicita el préstamo es una valoración del inmueble. Para ello suelen contar con los servicios de una tasadora que hará esa valoración del inmueble y la correspondiente veracidad de las dimensiones y servicios a escriturar. La tasación de una casa tiene una vigencia de 6 meses.

VENDEDOR

La venta de una vivienda puede suponer un importante gasto para la parte vendedora si no reinvierte el importe obtenido por la transmisión en otra primera vivienda o vivienda habitual. Ya que lo que se graba es la especulación inmobiliaria con impuestos de plusvalía. En el caso de que el vendedor sea mayor de 65 años, y la vivienda que se venda sea la de residencia, no habrá que satisfacer ningún pago. Si el vendedor ha obtenido ganancias con la venta, además deberá satisfacer el Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, lo que se conoce como la plusvalía municipal, incluida entre los gastos en la compraventa de una vivienda. Para su cálculo se examina la evolución del valor catastral del inmueble durante el tiempo que ha permanecido en el patrimonio del propietario.

Gastos posteriores a la compraventa

  1. Gastos de comunidad: Si se adquiere una vivienda en régimen de propiedad horizontal, hay que tener en cuenta los gastos de comunidad correspondientes.
  2. Impuestos municipales: Además de los impuestos mencionados anteriormente, es necesario considerar los impuestos municipales, como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y la tasa de basuras.
  3. Suministros: Tras la compraventa, es necesario contratar los suministros de luz, agua y gas correspondientes a la vivienda.
  4. Seguros: Es importante considerar la contratación de un seguro de hogar que cubra posibles daños a la vivienda.
  5. Mantenimiento: Finalmente, es necesario considerar los gastos de mantenimiento de la vivienda, como reparaciones o mejoras necesarias.

En resumen, la compraventa de una vivienda implica diversos gastos que deben ser tenidos en cuenta para evitar sorpresas desagradables. Es importante estar informado y planificar cuidadosamente estos gastos antes de llevar a cabo la operación.